Abogado de visas de negocios de la ciudad de Nueva York

Ayudamos a los Empleadores de la Ciudad de Nueva York a Ocupar Legalmente Puestos con Empleados del Extranjero

En The Law Office of Yifei He, PLLC, ayudamos a los empleadores en la ciudad de Nueva York y en todo Nueva York que buscan cubrir puestos en una amplia gama de industrias con empleados del extranjero a través de visas para empresas.

Respaldados por un historial probado de éxito, hemos ayudado a las empresas a obtener visas de empleo temporal de no inmigrantes para empleados internacionales. También hemos ayudado a muchos trabajadores extranjeros a obtener el estatus de residente permanente legal (tarjetas verdes) a través del empleo o la inversión.

Si le preocupa cumplir con las regulaciones y pautas descritas por la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), o tiene inquietudes sobre cómo navegar por el complejo proceso del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), podemos ayudarlo.

Llame a nuestro equipo de la Ciudad de Nueva York al 1-917-338-7678 para comenzar con su apelación de inmediato.

Tipos de Visas de Negocios Disponibles para Visitantes de EE. UU.

En The Law Office of Yifei He, PLLC, estamos comprometidos a ayudar tanto a los empleadores que buscan una fuerza laboral capacitada como a los empleados que buscan lograr sus objetivos de trabajar en los Estados Unidos. Como tal, ayudamos a los clientes con visas de trabajo temporal para no inmigrantes, como las siguientes:

Visitantes de negocios temporales B-1: Si participará en actividades comerciales durante su visita a los EE. UU. Y el negocio es de naturaleza comercial o profesional, necesitará una visa B-1. Por lo general, estas visas se utilizan para actividades tales como consultar con socios comerciales, capacitaciones a corto plazo, negociaciones de contratos, asentar un patrimonio, asistir a una conferencia o convención, y la muerte. También podemos ayudarlo a solicitar una visa de visitante B-2 si alguien lo acompañará en este momento por placer personal.

Comerciantes por tratado E-1: si va a llevar bienes comerciales sustanciales a los EE. UU., Necesitará una visa E-1. Por lo general, estas visas se utilizan para servicios y tecnología comercializados entre los EE. UU. Y un país extranjero en el que la persona que solicita una visa es un ciudadano o nacional.

Inversores por tratado E-2: si usted es responsable de dirigir las operaciones de una empresa en la que su empresa ha invertido una cantidad sustancial de dinero, necesitará una visa E-2. También necesitará esta visa si actualmente está invirtiendo activamente en una empresa.

Ocupaciones especializadas H-1B y H1-B2: Si desea realizar servicios en una ocupación especializada, necesitará una visa H-1B. Estas visas se utilizan para personas que buscan realizar servicios de mérito y capacidad excepcionales (H1-B), o según se relacionen con un proyecto de investigación y desarrollo cooperativo del Departamento de Defensa (DOD) (H1-B2). Los modelos de moda considerados de mérito y capacidad distinguidos también pueden solicitar una visa H1-B.

Enfermeras registradas H-1C: Si es una enfermera registrada extranjera que viene temporalmente a los EE. UU. Para realizar servicios durante una escasez de profesionales de la salud, o en un área de escasez según lo determine el Departamento de Trabajo (DOL), necesitará un Visa H-1C.

Trabajadores no agrícolas temporales H-2B: Si usted es un empleador en los EE. UU. Que desea traer ciudadanos extranjeros al país para ocupar trabajos no agrícolas específicos y temporales, el Programa H-2B lo permite. Debe presentar un Formulario I-129 para un trabajador no inmigrante en nombre del ciudadano extranjero que desea traer.

Visitantes de intercambio J-1: si desea ingresar a los EE. UU. Con el propósito de participar en un programa aprobado que involucre enseñanza / instrucción / conferencias, capacitación, estudio, observación y / o realización de investigación, deberá solicitar un visitante de intercambio visa.

Ejecutivos o gerentes transferidos dentro de la empresa L-1A: si usted es un empleador de los EE. UU. Que desea transferir a un ejecutivo o gerente de una oficina extranjera afiliada a una ubicación nacional, necesitará una visa L-1A para hacerlo. También puede usar esta visa si es parte de una empresa extranjera que desea enviar un ejecutivo o gerente a los EE. UU. Para establecer una oficina en este país.

Conocimientos especializados para personas transferidas dentro de la empresa L-1B: si usted es un empleador de los EE. UU. Y desea transferir a un empleado profesional con sede en el extranjero que tenga conocimientos especializados a una oficina nacional, puede hacerlo con la visa L-1B. También puede usar esta visa si es parte de una empresa extranjera que desea enviar a un empleado con conocimientos especializados a los EE. UU. Para ayudar a establecer una oficina en este país.

O-1 Individuos con Habilidad o Logros Extraordinarios: Si usted es un individuo que posee una habilidad extraordinaria en cualquiera de los siguientes, puede solicitar una visa para los Estados Unidos: artes, atletismo, negocios, educación y la industria del entretenimiento.

Atletas P-1 y animadores grupales: Si viene a los EE. UU. Temporalmente con el propósito de una competencia atlética, o para presentarse en una producción o gira teatral, puede solicitar una visa P-1 para ingresar al país. Las visas P-1 se utilizan para individuos y grupos.

Cada visa viene con su propio conjunto de criterios esenciales, que sus calificaciones deben coincidir con precisión. Los errores en su solicitud pueden significar retrasos o incluso denegación. Es por eso que es necesario ser guiado por un abogado con experiencia en visas de negocios que pueda reunir la documentación y las pruebas necesarias para respaldar su elegibilidad. Debido a que las leyes y políticas de inmigración cambian con frecuencia, lo mejor para usted es involucrar a un abogado en el proceso desde el primer día. En la oficina legal de Yifei He, PLLC, estamos dedicados a mantener y profundizar nuestro conocimiento del proceso de solicitud de visa de negocios. para asegurarse de tener toda la información y los recursos que necesita cuando nos busque ayuda.

Para conocer los criterios de elegibilidad y más sobre el proceso de solicitud, comuníquese con nuestra oficina.

Nosotros Queremos Ayudarte a Cortar La Cinta Roja

Incluso si su empresa tiene un solo empleado, debe cumplir con los requisitos de la INA sobre elegibilidad para el empleo. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) hace cumplir las disposiciones de la INA que abordan la elegibilidad para el empleo, la verificación del empleo y la no discriminación. Las consecuencias de que un empleador contrate trabajadores no autorizados o no complete y retenga adecuadamente un Formulario de verificación de elegibilidad de empleo, comúnmente conocido como Formulario 1-9, pueden incluir cargos penales y sanciones.

Para garantizar que usted y su empresa estén protegidos al realizar negocios en el extranjero o contratar a un trabajador extranjero, examinaremos a fondo las formas de documentación aceptables, confirmaremos la ciudadanía o la elegibilidad de sus empleados para trabajar en los Estados Unidos y lo ayudaremos a realizar autoauditorías de su 1 a 9 cada año para garantizar que se completen con precisión. También le proporcionaremos un consejo de inmigración personalizado para que pueda tomar medidas proactivas contra las demandas por discriminación que surjan de los formularios 1-9 manejados incorrectamente bajo la Ley de Reforma y Control de Inmigración de 1986 (IRCA).